Caso Errejón
Madrid, a 21 de enero de 2025.- La Asociación de Mujeres Juristas Themis expresa su más rotunda condena ante la actitud y el tratamiento judicial dirigidos hacia la actriz Elisa Mouliaá durante su declaración en sede judicial por agresión sexual que interpuso contra el exdiputado de Sumar, Íñigo Errejón. Las preguntas realizadas por el juez, en particular afirmaciones como «¿No sería que usted sí quería algo con ese señor?», representan una grave revictimización y refuerzan los prejuicios y estereotipos de género que afectan de manera sistémica a las mujeres en los procesos judiciales relacionados con violencia sexual.
El interrogatorio al que fue sometida la denunciante es inadmisible en un sistema judicial que debe garantizar el respeto y la protección de las víctimas. Este tipo de preguntas no solo carece de pertinencia jurídica, sino que además perpetúa la idea de que la responsabilidad recae en la víctima, cuestionando su credibilidad y sometiéndola a una doble violencia: la del hecho denunciado y la institucional. Es imperativo subrayar que ningún sistema democrático puede tolerar estas actitudes, que contravienen los principios básicos de justicia y derechos humanos.
El enfoque adoptado por el juez durante el interrogatorio no solo vulnera la dignidad, sino que también envía un mensaje disuasorio a otras mujeres que contemplan la posibilidad de denunciar agresiones sexuales. Esta conducta judicial es reflejo de una carencia estructural de formación y sensibilidad hacia los casos de violencia sexual y de género, y pone de manifiesto la urgente necesidad de transformar las prácticas judiciales.
Estas actitudes resultan inaceptables en un sistema judicial que debe velar por los derechos y la dignidad de las víctimas, especialmente en casos de violencia de género y delitos sexuales. Este tipo de interrogatorios no solo vulnera el principio de respeto hacia la denunciante, sino que además perpetúa la cultura de la violación, que culpabiliza a las víctimas y las aleja de los procesos legales por temor a ser cuestionadas o estigmatizadas.
La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la «Ley sólo sí es sí», establece que el consentimiento debe ser el elemento central en la valoración de los delitos sexuales. Este marco legal señala que no es responsabilidad de las víctimas demostrar resistencia, sino que es deber del agresor asegurar que existe un consentimiento claro y libre.
Preguntas que sugieren la culpabilidad o el deseo implícito de la denunciante no solo son irrelevantes desde el punto de vista jurídico, sino que también constituyen una agresión psicológica adicional para quienes deciden enfrentarse al sistema judicial en busca de justicia.
Desde la Asociación de Mujeres Juristas Themis, instamos al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y a las instituciones competentes a garantizar que todos los operadores jurídicos —jueces y juezas, fiscales, abogados y abogadas y fuerzas de seguridad— reciban formación obligatoria en perspectiva de género, de acuerdo con lo establecido en los tratados internacionales y la legislación nacional. La perspectiva de género es esencial para identificar y erradicar los prejuicios y estereotipos que perpetúan la desigualdad en el sistema judicial. Este enfoque permite abordar las situaciones de violencia de género y agresiones sexuales desde una comprensión integral de las experiencias de las mujeres, garantizando que sus derechos sean protegidos de manera efectiva.
La falta de formación en perspectiva de género por parte de los operadores jurídicos tiene consecuencias directas en la calidad de la justicia impartida. Los prejuicios y estereotipos de género influyen negativamente en la valoración de pruebas, en la interpretación de los hechos y en el trato hacia las víctimas. Es imperativo que los operadores jurídicos actúen con sensibilidad y respeto, evitando cualquier tipo de cuestionamiento que culpabilice a las denunciantes o minimice la gravedad de los delitos denunciados.
Además de la formación en perspectiva de género, consideramos fundamental la implementación de protocolos específicos para garantizar un trato digno y respetuoso hacia las mujeres que denuncian agresiones sexuales. Estos protocolos deben incluir medidas concretas para evitar situaciones de revictimización durante los procesos judiciales, tales como, por ejemplo:
- Formulación adecuada de preguntas: las preguntas dirigidas a las víctimas deben ser respetuosas y pertinentes, centrándose en los hechos relevantes sin sugerir culpabilidad o intención implícita por parte de la denunciante.
- Apoyo psicológico durante el proceso: garantizar que las víctimas cuenten con un apoyo psicológico adecuado para afrontar el estrés emocional que supone enfrentarse a un juicio.
- Espacios seguros para declarar: proveer entornos seguros y privados donde las víctimas puedan realizar sus declaraciones sin miedo a la exposición o intimidación.
La revictimización no solo ocurre en los juzgados y tribunales, sino que también se perpetúa en el discurso público y los medios de comunicación. Como sociedad, debemos comprometernos a erradicar las narrativas que cuestionan a las víctimas y a fomentar un entorno en el que las mujeres se sientan seguras al denunciar cualquier forma de violencia.
Este caso debe ser un punto de inflexión para reflexionar sobre los fallos estructurales del sistema judicial y trabajar hacia una justicia verdaderamente con perspectiva de género y respetuosa con los derechos de las víctimas de delitos contra la libertad sexual.
La Asociación de Mujeres Juristas Themis lleva décadas trabajando en la defensa de los derechos de las mujeres y en la promoción de una justicia con perspectiva de género. Seguiremos denunciando y combatiendo cualquier forma de violencia institucional que perpetúe la desigualdad y la discriminación hacia las mujeres.